martes, 4 de enero de 2011

Para tener presente….

En un reciente fallo (ver) se sostuvo que el divorcio no es causa de resarcimiento, pero si los hechos que llevaron al divorcio tienen fuerza dañadora muy punzante, en el prestigio, en las esencias comunes espirituales, en lo físico u orgánico, puede causar una lesión al bien moral que debe ser compensada con carácter autónomo.
Sin dudas el resarcimiento por las secuelas comprobables de una relación matrimonial es un tema muy frecuente pero de poco reclamo por los afectados.
Es para preguntarse y analizar porque causas quienes han padecido situaciones moralmente cuestionables en una relación se limitan a victimizarse y no tomar medidas para superar las secuelas.

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